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Con el Decreto 0699 del 9 de abril de 2012 se modifica el Decreto 1630 de 2011, donde se establecen los requisitos para la comercialización de celulares en Colombia. El nuevo Decreto amplía el plazo para obtener las autorizaciones ante el Ministerio TIC o los proveedores de redes y servicios de telefonía móvil (PRSTM), hasta el 01 de octubre de 2012.
El Ministerio de TIC atiende actualmente 3.000 solicitudes para que comerciantes y distribuidores puedan vender celulares de manera legal en el país. Sin embargo, se estima que faltan más de la mitad de los comerciantes por obtener su autorización, y es por esto que en beneficio de los vendedores, el Ministerio TIC amplía el plazo para obtener la autorización para la venta de equipos terminales móviles.
Las personas naturales y jurídicas pueden hacer la solicitud para obtener la autorización de la venta de dichos equipos, pero con el ánimo de darle celeridad al proceso administrativo se contempla la opción de que los interesados puedan presentar su solicitud a través de: asociaciones, corporaciones, fundaciones o demás entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas ante la Cámara de Comercio y en cuyas actividades descritas en su objeto social se encuentre la de servir de agremiación de comerciantes de equipos terminales móviles.