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En 2010 los emisores de valores incrementaron la adopción de las medidas recomendadas por el Código de Mejores Prácticas Corporativas, según el informe anual de la Superintendencia Financiera de Colombia, lo cual refleja el compromiso para mejorar los estándares de Gobierno Corporativo.
Desde el 2007, año en que se inició la evaluación, y el 2010 el nivel de adopción de las medidas recomendadas por el Código País presenta un crecimiento de 11.15 puntos porcentuales.
El Código constituye una herramienta para el logro de un adecuado gobierno corporativo, contribuyendo así al cumplimiento de los objetivos de estabilidad, seguridad, confianza, promoción y desarrollo del mercado de valores colombiano, así como a la protección de los inversionistas, ahorradores y asegurados.
El informe divulgado hoy por la Superfinanciera muestra un análisis cuantitativo de los resultados reportados por los emisores en la Encuesta Código País, indicando el nivel de adopción de las medidas y las recomendaciones implementadas durante 2010.
En el caso de bancos y corporaciones financieras, en promedio en este sector se han adoptado 27 medidas frente a 25 del año 2009. Las 27 medidas representan un 65, 85% de implementación teniendo en cuenta las 41 que la Encuesta Código País sugiere, así mismo, de manera parcial se han adoptado en promedio 3 medidas (7, 32%) al igual que en el año 2009, y no se implementan en promedio 5 (12.20%), porcentaje menor al presentado en el año 2009.
En relación con el nivel de adopción de las medidas en el sector de bancos y corporaciones comparativamente con La Encuesta 2009, se observa que el porcentaje de las totalmente implementadas aumentó en 4, 05 puntos porcentuales. La entidad que más aumentó la implementación de medidas entre el año 2009 y el año 2010 fue el Banco Procredit S.A. (siete (7) medidas adicionales, lo que representa un aumento del 17%).
El nivel de adopción creciente respecto del año 2009, se observa en entidades como Banco de Bogotá, Bancolombia, Citibank, Helm Bank, Banco de Occidente, BCSC, Colpatria Red Multibanca, AV Villas, Banco Procredit, Banco Finandina, Corporación Financiera Colombiana y Banca de Inversión Bancolombia, que adoptaron por lo menos una medida adicional respecto a 2009.
Cabe mencionar que Bancamía presentó un 87.80% de implementación, representado en 36 medidas implementadas como nuevo emisor del sector. The Royal Bank of Scotland, HSBC, Sudameris y el Banco Agrario disminuyeron la implementación de medidas entre 1 y 3 respecto al año inmediatamente anterior. Así mismo, se observa que entidades como el Banco Popular, Santander, BBVA Colombia y Davivienda conservan el mismo número de medidas implementadas que en el año 2009. JP Morgan sigue siendo una de las entidades que menos medidas manifiesta implementar. No obstante, ha mejorado comparativamente respecto al año 2009, pues en ese año presentaba 13 medidas adoptadas, y en 2010 reporta 16.
En las compañías de financiamiento, en promedio se han implementado 25 medidas, situación que muestra un ligero avance respecto de la presentada en los años 2008 y 2009 que fue de 22 cada año. Las 25 medidas representan un 60, 98% de implementación de acuerdo con lo sugerido por el Código País. De manera parcial se han implementado en promedio 2 que representan el 4, 88%, porcentaje que disminuyó frente al presentado en el año 2009 (7, 32%), y no se implementan en promedio 8 (19, 51%), porcentaje mayor al presentado en el año 2009 (14, 63%).
Se observa que cuatro entidades (Giros y Finanzas, Factoring Bancolombia, Leasing Bolívar y Leasing Bancolombia) reportan un porcentaje de adopción superior al 80%, como resultado de implementar más de 33 medidas.
Así mismo 10 entidades mejoraron el porcentaje de implementación respecto al año 2009, estas son: Coltefinanciera, Macrofinanciera, Dann Regional, Inversora
Pichincha, Confinanciera, G.M.A.C., Leasing Bancolombia, Leasing Bancoldex, Serfinansa y Leasing Bolívar.
La compañía de financiamiento con el menor grado de implementación es Internacional Compañía de Financiamiento S. A., pues para el reporte con corte al año 2010 solo adoptó 15 de las 41 medidas sugeridas por el Código, reduciendo en una medida lo reportado en el año inmediatamente anterior.
Para la Encuesta 2010, los emisores que conforman el sector real dicen adoptar el 56.99% de las recomendaciones de El Código. Adicionalmente, se presenta en la Encuesta 2010 un porcentaje de 23.57% de medidas no adoptadas, 6.64% parcialmente y 12.80% excluidas por cuanto los emisores afirman que no les son aplicables al no encontrarse dentro del supuesto del hecho descrito en la medida.
Es de desatacar el incremento de 14.22 puntos porcentuales en la adopción de medidas recomendadas por el Código en los emisores del sector real, al pasar del 42.77% en 2007 al 56.99% de adopción en el 2010.
Las empresas inversoras con un 66.23% de medidas implementadas son las que muestran el mayor nivel de adopción de las recomendaciones de El Código, seguidas por las sociedades de servicios públicos con un nivel de adopción del 64.63%. Las sociedades del sector alimentos y bebidas (45.77%), son las que registran menor nivel de seguimiento.
Las medidas que más reportan implementar los emisores del sector financiero son:
Que la Junta Directiva se reúna cuando menos una vez por mes.
Que no se designe como revisor fiscal a personas o firmas que hayan recibido ingresos de la compañía y/o de sus vinculados económicos, que representan el 25% o más de sus últimos ingresos anuales.
Que la compañía facilite a los accionistas la toma de decisiones informadas en la Asamblea, poniendo a su disposición, dentro del término de la convocatoria y en el domicilio social, la documentación necesaria para la debida información de los mismos sobre los temas por tratar.
Que los directores informen a la Junta Directiva, las relaciones, directas o indirectas, que mantengan entre ellos, o con el emisor, o con proveedores, o con clientes o con cualquier otro grupo de interés de las que pudieran derivarse situaciones de conflicto de interés o influir en la dirección de su opinión o voto.
Que sin perjuicio del derecho que le asiste a los accionistas para presentar sus propuestas en las reuniones de asamblea (ordinarias o extraordinarias), se recomienda que en el orden del día establecido para aquellas, se desagreguen los diferentes asuntos por tratar de modo que no se confundan con otros, dando al orden del día una secuencia lógica de temas, salvo aquellos puntos que deban discutirse conjuntamente por tener conexidad entre sí, hecho que deberá ser advertido.
Que cuando un miembro de Junta Directiva sea nombrado en el emisor por primera vez, le sea puesta a su disposición la información suficiente para que pueda tener conocimiento específico respecto del emisor y del sector en que se desarrolla.
Que las actas de las reuniones de la Junta Directiva se identifiquen los estudios, fundamentos y demás fuentes de información que sirvieron de base para la toma de las decisiones, así como las razones a favor o en contra que se tuvieron.
Que se ponga a disposición de sus inversionistas por parte de la compañía un punto de atención o de contacto, que sirva de canal de comunicación entre éstos y el emisor.
Que la designación como director recaiga únicamente sobre aquellas personas que cumplan los requisitos de trayectoria profesional, formación académica y de experiencia.
Que, la Junta Directiva esté conformada por un número impar de miembros que sea suficiente para el adecuado desempeño de sus funciones.
Las diez medidas que los emisores del sector real informan como las más adoptadas son las siguientes:
Que la compañía facilite a los accionistas la toma de decisiones informadas en la
Asamblea, poniendo a su disposición, dentro del término de la convocatoria y en el domicilio social, la documentación necesaria para la debida información de los mismos sobre los temas por tratar.
Que no se designe como revisor fiscal a personas o firmas que hayan recibido ingresos de la compañía y/o de sus vinculados económicos, que representan el
25% o más de sus últimos ingresos anuales.
Que la Junta Directiva esté conformada por un número impar de miembros que sea suficiente para el adecuado desempeño de sus funciones, y que permita una eficaz administración y gobierno de la compañía.
Que el emisor ponga a disposición de sus inversionistas un punto de atención o de contacto, que sirva de canal de comunicación entre éstos y el emisor.
Que en las reuniones de asamblea (ordinarias o extraordinarias), en el orden del día, se desagreguen los diferentes asuntos por tratar de modo que no se onfundan con otros, dando al orden del día una secuencia lógica de temas, salvo aquellos puntos que deban discutirse conjuntamente por tener conexidad entre sí, hecho que deberá ser advertido.
Que el emisor o sus vinculados económicos, no contraten con el revisor fiscal servicios distintos a los de auditoría.
Que la designación como director recaiga únicamente sobre aquellas personas que cumplan con los requisitos de trayectoria profesional, formación académica y de experiencia, para el mejor desarrollo de sus funciones.
Que en las actas de las reuniones de la Junta Directiva se identifiquen los estudios, fundamentos y demás fuentes de información que sirvieron de base para la toma de las decisiones, así como de las razones a favor y en contra que se tuvieron en cuenta para la toma de las mismas.
Que las sociedades den a conocer al público con claridad, exactitud e integridad, los derechos y obligaciones inherentes a la calidad de accionista.
Que cuando un miembro de Junta Directiva sea nombrado en el emisor por primera vez, le sea puesta a su disposición la información suficiente para que pueda tener un conocimiento específico respecto del emisor y del sector en que se desarrolla, así como aquella información relacionada con las responsabilidades, obligaciones y atribuciones que se derivan del cargo.