Globedia.com

×
×

Error de autenticación

Ha habido un problema a la hora de conectarse a la red social. Por favor intentalo de nuevo

Si el problema persiste, nos lo puedes decir AQUÍ

×
cross

Suscribete para recibir las noticias más relevantes

×
Recibir alertas

¿Quieres recibir una notificación por email cada vez que Vivaelplaneta escriba una noticia?

Avances de la legislación colombiana frente a la problemática ambiental

15/03/2012 15:10 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Se cumplen 30 años desde que en la Legislación Colombiana se le dieron facultades al presidente de la República en temas del Medio Ambiente a través de la ley 23 de 1973, tres décadas de legislación ambiental, en la práctica falta o se adolecen de mecanismos efectivos para cumplir la ley

AVANCES DE LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA FRENTE A LA PROBLEMATICA AMBIENTAL

William Correa Buitrago

Quimico Universidad del Valle

Se cumplen 30 años desde que en la Legislación Colombiana se le dieron facultades al presidente de la República en temas del Medio Ambiente a través de la ley 23 de 1973, tres décadas de legislación ambiental y aunque se ha avanzado mucho en términos normativos, en la práctica falta o se adolecen de mecanismos efectivos para cumplir la ley.

Es importante y fundamental que como ciudadanos reflexiones constantemente sobre este tema que nos convoca y toca a todos y cada uno de los que habitamos en Colombia, resulta primordial preguntarse, si en Colombia existe una vasta y completa legislación ambiental ¿Por qué padecemos y afrontamos tantos desastres fruto de la contaminación y degradación ambiental?

Creo que es necesario ahondar un poco sobre la efectividad y la eficacia de las leyes, el papel que juegan los organismos encargados de la vigilancia y control y la aplicación de las normas en Colombia.

La Legislación Colombiana frente a la Legislación Internacional

Afortunadamente y como un hecho positivo, se resalta la manera como en la legislación colombiana se han introducido de manera sistemática los acuerdos internacionales que ha suscrito en materia de ambiental.

A través de la Ley 29 de 1992 se aprobó el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono (suscrito el 16 de septiembre de 1987), en la Ley 165 de 1994 se aprueba el convenio sobre Diversidad Biológica (elaborada en rio janeiro el 5 junio de 1992) y en la Ley 629 de 2000 se aprobó el protocolo de Kioto que tiene como propósito reducir las emisiones de los gases que producen el calentamiento global ( El protocolo fue inicialmente adoptado el 11 de diciembre de 1997)

Pero además podemos mencionar otros convenios internacionales que han sido adoptados en Colombia: la Convención sobre la plataforma continental, Ginebra, 1958; Convenio internacional sobre responsabilidad por daños causados por la contaminación de aguas del mar con hidrocarburos (1969) y protocolo "CLC 69/76” (1976); Convenio para la protección del patrimonio mundial, cultural y natural. París, 1972; Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas: fauna y flora silvestre. Washington, 1973; Convenio Internacional para prevenir la contaminación por buques, 1973; Protocolo relativo a la contaminación del mar (MARPOL) por buques 1978; Convenio sobre la constitución de un fondo internacional de indemnización de daños causados por la contaminación del mar con hidrocarburos (1971) y su protocolo "El Fondo 71/76" (1976); Acuerdo sobre la cooperación regional para el combate de la contaminación del Pacífico Sudeste por hidrocarburos y otras sustancias nocivas, en caso de emergencia. Lima, 1981; Convenio de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar. Jamaica, 1982; Protocolo de cooperación para combatir derrames de hidrocarburos en la región del Gran Caribe. Cartagena, 1983; Protocolo complementario del Acuerdo sobre la cooperación regional para el combate de la contaminación del Pacífico Sudeste por hidrocarburos y otras sustancias nocivas, en caso de emergencia. Quito, 1983; Convenio para la protección del medio marino y la zona costera del Pacífico Sudeste – Ley 45-85; Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación. Basilea, 1989; Protocolo para la conservación y ordenación de las zonas marinas y costeras protegidas del Pacífico Sudeste. Paipa, 1989; Protocolo relativo a las zonas protegidas del Convenio para la protección y desarrollo del medio marino de las región del Gran Caribe. 1990; Protocolo sobre el programa para el estudio regional del fenómeno " El Niño" en el Pacífico Sudeste. Lima, 1992; Convenio relativa a los humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas - RAMSAR (acogido por Colombia en 1997).

A pesar de esta vasta legislación, sufrimos todos los problemas de contaminación en nuestras aguas, ríos, suelos y aire y de otro lado, la falta de voluntad política internacional de las potencias mundiales, hace que, iniciativas como el protocolo de Kioto sea un proceso tortuoso y con aplicación reducida, sin poder cumplir con las metas propuestas, producto de los intereses de las grandes multinacionales.

La aplicación en Colombia de la Legislación Ambiental

Si bien contamos con una completa hoja de ruta con el fin de proteger nuestro Medio Ambiente, en mucha ocasiones se impone la cruda realidad de los grandes poderes económicos que no permiten que exista una verdadera voluntad política para hacer cumplir la ley.

Lamentable que a pesar de que contamos con las herramientas, normas y protocolos necesarios para proteger y preservar nuestro medio ambiente, esta se quede, en muchas ocasiones en letra muerta

Un ejemplo de ello, el gran caos y corrupción que existe en las Corporaciones Autónomas Regionales, organismos encargados de la vigilancia, control y preservación de nuestro Medio Ambiente, su inoperancia, negligencia saltan a la vista y terminaron desnudándose en la pasada ola invernal.

Licencias ambientales expedidas en zonas prohibidas o de reserva, falta de controles y sanciones a las empresas que contaminan y políticas poco efectivas para la preservación y conservación de nuestro Medio Ambiente, que quedan en una maraña de contratos para pagar favores políticos.

A pesar de que descentralización administrativa creo sus propios organismos locales de protección ambiental, su autonomía y jurisdicción se ve limitada en su territorio a ciertas actividades, los municipios no tienen injerencia sobre la expedición de licencias que tengan que ver con programas de explotación maderera o minera en su territorio, solo por dar un ejemplo , porque estos los define entre el ministerio de ambiente y la corporación regional respectiva.

Esto quiere decir, que el estado se asegura que prevalezcan los intereses de los emporios económicos en detrimento de la autonomía local.

Es lamentable que a pesar de que contamos con las herramientas, normas y protocolos necesarios para proteger y preservar nuestro medio ambiente, esta se quede, en muchas ocasiones en letra muerta, debido a la falta de la voluntad política de nuestra dirigencia, la corrupción y la presión de los grandes monopolios económicos nacionales y extranjeros, que siguen imponiendo este sistema de producción que agota, contamina y degrada nuestros recursos naturales y Medio Ambiente.

En una breve revisión podemos establecer que Colombia posee una de las más completas legislaciones ambientales, Ley 430 de 1998 Ley de Residuos Peligrosos; Ley 388 de 1997 Ley de Desarrollo territorial; Ley 373 de 1997 Por la cual se establece el Programa para el uso eficiente y ahorro de agua; Decretos 1228/97 1697/97 Y 2107/97 control calidad de aire, Decreto 373/97 uso eficiente de agua, Decreto 1791/96 aprovechamiento forestal, Decreto 948/95 emisiones de ruido y olores molestos, Decreto 1753/94 licencias Ambientales, Decreto 1600 del 27 de Julio de 1994 Por el cual se reglamenta parcialmente el Sistema Nacional Ambiental (SINA), en relación con los Sistemas Nacionales de Investigación Ambiental y de Información Ambiental; Ley 99 de 1993 Por la cual el Ministerio del medio ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza Sistema Nacional Ambiental - SINA, y se dictan otras disposiciones; Decreto 02/82 emisiones atmosféricas, Decreto 2857/80 Cuencas Hidrográficas, Decretos 1541/78 y 1594/84 usos y vertimientos de agua Decreto 2811 de 1974 Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, ley 23 de 1973 otorga facultades al presidente de la República sobe temas Ambientales.

Esto nos deja como conclusión que necesitamos presionar a nuestros gobernantes para que exista una verdadera voluntad política para aplicar la ley, veedurías ciudadanas contra para combatir la corrupción en las corporaciones autónomas regionales y locales y definitivamente mayor compromiso de todos ciudadanos para que cada uno aporte su granito de arena en esta tarea de protección y preservación de nuestro planeta, pues contamos con las leyes, las normas y protocoles necesarios para hacerlo.

El Municipio de Palmira, existe una licencia ambiental de explotación maderera para que Cartón Colombia explote más de 1500 Ha de una zona de Bosque Natural, licencia expedida por la C.V.C y en donde el municipio no tiene ninguna injerencia (es decir el DAMA), se han afectado las fuentes de agua que surten al Rio Nima, y se ha afectado una gran zona de amortiguación del Paramo de las Hermosas, afectando la flora Nativa, Migración de la fauna, Contaminación y disminución de las fuentes de aguas y alteración de clima en la zona. Se producen heladas


Sobre esta noticia

Autor:
Vivaelplaneta (3 noticias)
Visitas:
5810
Tipo:
Opinión
Licencia:
Distribución gratuita
¿Problemas con esta noticia?
×
Denunciar esta noticia por

Denunciar

Comentarios

Aún no hay comentarios en esta noticia.