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El Código Penal pasó de 11 a 16 delitos electorales. A continuación les contamos cuáles son y sus implicaciones.
Quien impida la votación o el escrutinio incurrirá en prisión de 4 a 9 años y si es por medio de la violencia serán entre 6 y 12 años.
Entre 4 y 9 años de condena pagará quien amenace o presione a un ciudadano con el fin de apoyar a determinado candidato o lista.
Se presenta cuando alguien de manera engañosa incide para que una persona vote por determinado candidato, partido político o en blanco.
Cuando alguien pague o entregue dinero o dádiva en favor de un votante con el propósito de sufragar por determinado candidato podrá ser condenado a penas entre 4 y 8 años de cárcel.
La misma condena recibirá quien suplante a un sufragante o vote más de una vez.
El servidor público que permita suplantar a un sufragante o votar más de una vez incurrirá en prisión de 4 a 9 años.
Se presenta cuando un servidor público no entrega de forma oportuna a la autoridad competente los documentos electorales. Por ello puede pasar varios años a la cárcel y recibir una sanción monetaria.
Alterar los resultados de la votación o introducir tarjetones indebidamente puede pagar entre 4 y 8 años.
Ocurre cuando se desaparece, posee o retiene una cédula de ciudadanía ajena.
El servidor público que tenga la responsabilidad de inscribir a un candidato o lista y que no cumpla con esa función o la dilate, incurrirá en prisión de 4 a 8 años.
Se da cuando un ciudadano logra que personas habilitadas para votar inscriban su cédula en una localidad diferente a donde nació o reside.
Sanción monetaria y entre 4 y 9 años de presión pagará quien ofrezca los votos de un grupo ciudadanos a cambio de dádivas para que esas personas sufraguen a favor de determinado candidato.
El gerente de una campaña electoral que permita la consecución de bienes o dineros provenientes de fuentes prohibidas pagará de 4 a 8 años.
Exceder los topes de gasto establecidos por la autoridad electoral también es sancionado. El responsable será quien administre los recursos de la campaña.
Quien no informe de sus aportes realizados a las campañas electorales también podría ir a la cárcel.
Quien sea elegido para un cargo de elección popular estando inhabilitado para desempeñarlo por decisión judicial, disciplinaria o fiscal incurrirá en prisión de 4 a 9 años.
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