Globedia.com

×
×

Error de autenticación

Ha habido un problema a la hora de conectarse a la red social. Por favor intentalo de nuevo

Si el problema persiste, nos lo puedes decir AQUÍ

×
cross

Suscribete para recibir las noticias más relevantes

×
Recibir alertas

¿Quieres recibir una notificación por email cada vez que Juan Sebastián Celis Maya escriba una noticia?

CRC expide Resolución que amplía el plazo al 1 de Octubre para registro de celulares

04/06/2012 17:20 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió la Resolución CRC 3667 de 2012, la cual establece los mecanismos que los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones Móviles (PRSTM) deberán ofrecer a sus usuarios en la modalidad prepago, para que éstos puedan realizar antes del 1° de octubre de 2012 la actualización de los datos personales asociados al equipo móvil que utilizan con la SIM prepago.

Adicionalmente, esta resolución, que modifica la Resolución CRC 3128 de 2011, define el procedimiento de cargue de IMEI (número de identificación del equipo móvil) a la base de datos positiva por parte de los PRSTM, así como también establece las condiciones para registrar un equipo terminal móvil por el propietario a partir del 1° de octubre de 2012.

Para el cargue inicial de la información a la base de datos positiva se dará cumplimiento a lo siguiente:

- En el caso de los equipos que están en plan pospago, el registro del IMEI deberá ser realizado por el proveedor, quien deberá asociar a dicho IMEI, de manera permanente, los datos del propietario o usuario autorizado por éste. Antes de proceder a su registro, la información debe ser validada por el proveedor haciendo verificaciones con las siguientes fuentes de información: Registraduría Nacional del Estado Civil, centrales de riesgo crediticio y datos históricos del usuario. Para el caso de cuentas corporativas, el proveedor informará al representante legal sobre la obligación de aportar y actualizar los datos de los usuarios autorizados para el uso de los equipos asociados a dichas cuentas.

- Para los de modalidad prepago, la asociación inicial de los datos del propietario o del usuario autorizado por éste, será realizada por el proveedor, quien antes de proceder al registro de la información deberá realizar la verificación con las mismas fuentes de información citadas anteriormente.

Es importante destacar que la Base de Datos Positiva deberá contener:

Los IMEI de todos los equipos terminales móviles que ingresen legalmente al país a partir del 1 de octubre de 2012, fecha en la cual entrará en operación el Sistema Informático de la DIAN.

Los IMEI que a partir del 1 de octubre de 2012 presenten actividad en la red resultado de los procesos de nuevas activaciones, de reposiciones de equipos terminales móviles y procesos postventa, en los cuales se les haya procedido a asociar los datos de identificación del propietario o usuario autorizado por éste.

Los IMEI de los equipos cuya procedencia puede ser demostrada por el fabricante nacional y de los cuales se solicita su inclusión en la Base de Datos Positiva, caso en el cual el fabricante nacional deberá solicitar al administrador de las bases de datos, la inclusión de sus IMEI.


Sobre esta noticia

Autor:
Juan Sebastián Celis Maya (3029 noticias)
Fuente:
ape.org.co
Visitas:
391
Tipo:
Reportaje
Licencia:
¿Problemas con esta noticia?
×
Denunciar esta noticia por

Denunciar

Comentarios

Aún no hay comentarios en esta noticia.