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Señala el artículo 249 de la Constitución Política que:
"La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los Fiscales Delegados y los demás funcionarios que determine la Ley.
El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presidente de la República y no podrá ser reelegido. Debe reunir las mismas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
La Fiscalía General de la Nación forma parte de la rama judicial y tendrá autonomía administrativa y presupuestal."
El espíritu del constituyente al señalar que el Fiscal General de la Nación sea elegido por la Corte Constitucional era garantizar la independencia evitando cualquier riesgo de politización, y sobre ello en cita hecha por el CONSEJO DE ESTADO en Sentencia de 16 de Abril de 2013 MAGISTRADA PONENTE SUSANA BUITRAGO VALENCIA se señala que: "En el informe de Minoría, - Gaceta Constitucional No. 81, página 14, el Constituyente Fernando Carrillo Flórez al referirse al "origen" de la Fiscalía General de la Nación, llama la atención en el sentido de cuál debe ser la situación orgánica de esta institución dentro de los poderes públicos del Estado, y para concluir señala: "(...) Lo que evidentemente queda muy claro es que para su designación deben intervenir el ejecutivo y el judicial. Ahora bien, considero que dentro de las formas aplicables la más conveniente es la relativa a la terna que el Presidente presentaría a la Corte Suprema de Justicia. Esta alternativa, en primer término, evita cualquier riesgo de politización"; en síntesis, la intención del constituyente al definir la forma como se elige al fiscal era la de garantizar el equilibrio de poderes y evitar las presiones políticas para garantizar su autonomía e independencia.
Mediante auto interlocutorio dictado en proceso 11001-02-30-000-2017-00032-00 siendo Magistrada Ponente CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO se rechazó por falta de legitimación en la causa la recusación hecha al Fiscal General Nestor Humberto Martínez por los Senadores Claudia López y Jorge Enrique Robledo que pretendía que el mismo se declarara impedido para intervenir en el en el caso Odebrecht, en dicha providencia el Magistrado LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA hizo un salvamento de voto señalando que: "Disiento de la decisión acogida en la providencia objeto de este pronunciamiento. Estimo necesario salvar mi voto, por cuanto, la conclusión a adoptar en este caso debía ser diametralmente diferente, debiéndose efectuar un estudio de fondo del caso, atendiendo a la relevancia del litigio, pues están implicados cuantiosísimos recursos públicos que fueron invertidos en los contratos involucrados en la "investigación del caso Odebrecht"
El acto de elección del Fiscal General de la Nación puede ser objeto del medio de control de Nulidad Electoral ante el Consejo de Estado, y en el caso de la elección del Fiscal General Nestor Humberto Martínez la misma ha sido objeto de dicha acción como se ha informado por la prensa el día de hoy; alegándose por los accionantes que el acto de elección se encuentra falsamente motivado pues se basó en información incompleta e insuficiente, por falta de transparencia del susodicho.
La duda que surge es si ciertamente la Corte Suprema de Justicia desconocía los evidentes impedimentos del hoy Fiscal General de la Nación, máxime cuando los mismos posterior a la elección fueron objeto de pronunciamiento en el acto interlocutorio arriba citado, y en el que (Bueno la Corte no prevarica como decía mi Maestro) se desconoció el principio constitucional y numerosos precedentes jurisprudenciales que señalan la prevalencia del derecho sustancial sobre el fundamental y que en dicho sentido efectivamente debieron pronunciarse como lo señaló el salvamento de voto.
Ahora bien, la existencia de mecanismos judiciales para hacernos sentir como ciudadanos se supone deben descartar la necesidad de que se recurra a las vías de hecho ( o al menos ese es el deber ser), aun con la existencia del latente riesgo de impunidad (Que nadie sensato se atreve a negar); pero con la situación política en la que estamos eso es pedirle peras al olmo. Lo único cierto, es que la Fiscalía General la cual ya se encontraba en entredicho por los supuestos algoritmos, se ha convertido en el florero de Llorente, y por ello lo más responsable es que el Señor Nestor Humberto Martínez RENUNCIE
Leer EL FLORERO DE LLORENTE en LA ESQUINA DE ELIPHAS HARKONNEN