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Tras cerca de tres años de análisis y debates, la Corte Constitucional (Sentencia SU-447 de 2011) revocó la decisión de la sala cuarta del Consejo de Estado que había declarado, en 2007, improcedente la intervención gubernamental de Granahorrar por encontrarse insolvente en octubre de 1998. Esa grave decisión, tomada en sala y no en plenaria, había ordenado la restitución de $224.000 millones a los accionistas de aquel entonces. Este nuevo fallo, favorable a la Nación, ha salvaguardado la potestad de la Superintendencia Financiera, el Banco de la República (BR) y Fogafín para enfrentar las crisis financieras que, como bien se sabe, tienen un carácter cuasibíblico (como cada 7 años) y ahora son globales. Además, este fallo ha destacado la importancia de tener un "órgano de cierre", de "última instancia", en cabeza de la Corte Constitucional (CC), para evitar el descuaderne institucional que ha venido padeciendo Colombia desde la Constitución de 1991 y sus ligeras interpretaciones.
En efecto, la CC dictaminó que el llamado a capitalización de Granahorrar cumplió a cabalidad lo estipulado en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. En particular, fue procedente notificar al representante legal y no a los accionistas, como lo había sentenciado el Consejo de Estado (en sala). Adicionalmente, la CC especificó que, si bien cabía un recurso de reposición frente a la decisión de los reguladores, ello no implicaba la suspensión de dicha intervención.
Como siempre, distinguir episodios de iliquidez de situaciones de insolvencia resulta extremadamente complejo y cada caso requiere un análisis particular. En este caso se concluyó que la sobreexpansión crediticia (1994-1997) llevó a Granahorrar a situaciones de potencial descalce, que se manifestaron en iliquidez crónica cuando estalló la crisis internacional de 1998, requiriendo apoyos recurrentes de Fogafín y del BR. La cesación de pagos y su posición negativa en tesorería, en octubre de 1998, forzaron la intervención pública y, ante la negativa de los accionistas para recapitalizar la entidad, se procedió a su nacionalización.
Así, la CC reconoce que en situaciones de riesgo sistémico y potencial contagio sobre todo el sector, el gobierno y el BR deben actuar de forma expedita, precisamente para salvaguardar el ahorro del público.
Con este argumento se echó por tierra el retorcido argumento de que la suspensión de los reiterados apoyos de Fogafín y del BR fueron los causantes de enervar la intervención. Esta entidad reveló iliquidez crónica, se le apoyó temporalmente, se le llamó a superar su estado de insolvencia y, al no lograrlo con dineros de los socios, se procedió a su intervención. De hecho, Granahorrar mostraba indicadores de solvencia inferiores al 9% exigido por la regulación y por eso se hizo el llamado a capitalización.
Si algo estamos aprendiendo con la crisis financiera global de 2007-2011 es que se requieren reguladores y supervisores jurídicamente fuertes para contener los riesgos sistémicos. Ello se hizo evidente en el Reino Unido, donde se intervinieron bancos medianos y grandes, como Royal Bank of Scotland, Lloyd’ s, Northern Rock y Bradford & Bingley. Allá también los propietarios demandaron al estado, pero al igual que aquí, se ratificaron las acciones de intervención.
En la actualidad, la Unión Europea enfrenta crisis financiera y fiscal, lo cual podría ocasionar corridas bancarias. Para evitarlas, los gobiernos deben asegurarse que se cuenta con capital fresco y adecuado para evitar debacles como la de Argentina en 2001. Antes de "atrapar" el dinero con "corralitos y corralones", las autoridades de esos países deben hacer llamados a capitalizar dichas entidades y, si los privados no pueden hacerlo, pues les tocará nacionalizarlas. Algo de esto ha venido ocurriendo en Grecia y España y la próxima víctima podría ser el banco belga Dexia. España tuvo que crear el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) para fortalecer sus débiles cajas de ahorro, forzando inclusive fusiones y adquisiciones. Todo esto deja claro que es tarea fundamental la de las autoridades intervenir las entidades financieras débiles para exigir su capitalización, antes de proceder a nacionalizarlas.
En síntesis, la CC de Colombia ha marcado un hito histórico al rescatar la potestad de intervención del sistema financiero para proteger los ahorros del público. Además, con ello se da una lección clave para los propietarios, pues ya se sabe a nivel global, como ocurrió también con Lehman en octubre de 2008, que su propiedad está en juego si no actúan con la prudencia requerida.