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Mediante Sentencia de 6 de Junio de 2019, nuestro Honorable Consejo de Estado se pronuncia sobre la acción de tutela presentada contra fallo proferido dentro de medio de control de Nulidad y Restablecimiento del Derecho por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca; alegando el accionante la violación al debido proceso, mínimo vital y seguridad social por desconocimiento del precedente jurisprudencial al no reconocer indexación de la primera mesada pensional.
En el referido fallo, nuestro Honorable Consejo de Estado además de reiterar las condiciones para la procedencia de la acción de tutela contras providencias judiciales y para establecer el desconocimiento del precedente jurisprudencial; señala que:
1) Si bien es cierto no existe una norma expresa que disponga la actualización de las sumas provenientes de una pensión, jurisprudencialmente se ha establecido conforme a lo dispuesto en los artículos 48, 53 y 230 de la Constitución Política que la pérdida del poder adquisitivo de la moneda y el fenómeno inflacionario son hechos notorios que afectan negativamente al trabajador y que éste no debe soportar, y que por tanto la indexación es un mecanismo para garantizar la actualización del salario base para liquidación de la primera mesada pensional cuando ha mediado un tiempo sustancial entre el momento en que el trabajador se retira de su empresa y el reconocimiento de la pensión y que por tanto el desconocimiento de la misma transgrede derechos fundamentales
2) No aplica el argumento de la subsidiariedad de la acción de tutela cuando se trata de sujetos de especial protección constitucional.
Concluyéndose, la violación directa de los derechos fundamentales al debido proceso, seguridad social y mínimo vital por desconocimiento del precedente jurisprudencial que obliga a la indexación de la primera mesada pensional, npor cuanto:
1) La indexación de la mesada pensional hace parte integral de los preceptos contenidos 48 y 53 de la Constitución.
2) La indexación de la mesada pensional es un asunto de importancia trascendental Dada las implicaciones económicas.
Leer PÍLDORITAS JURISPRUDECIALES (INDEXACIÓN MESADA PENSIONAL) en LA ESQUINA DE ELIPHAS HARKONNEN