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El numeral 29 del artículo 3 el Decreto 593 de 2020, habilitó la prestación de los servicios públicos de notariado y registro, y facultó a la Superintendencia de Notariado y Registro para determinar los horarios y turnos en que se prestará dicho servicio.
En razón a lo anterior, por medio de la Resolución N° 03747 de 8 de Mayo de 2020, la Superintendencia de Notariado y Registro, levanta la suspensión de términos en las Oficinas de Instrumentos Públicos de Barranquilla, Bogotá Zona Centro, Bogotá Zona Norte, Bogotá Zona Sur, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Medellín Zona Norte, Medellín Zona Sur, Santa Marta y Valledurpar a partir del 12 de mayo de 2020.
La prestación del servicio público registral se ceñirá a las disposiciones de la Resolución 3659 de 2020 esto es: Horario especial, medidas restrictivas de movilidad para mitigar el riesgo de propagación del COVID19, restricción del número de usuarios, consulta jurídica vía correo electrónico y expedición de Certificados de Tradición y Libertad solo por vía pagina web institucional.
Ver álbum de fotos | Leer RESOLUCIÓN 03747 DE 2020 ( LEVANTAMIENTO DE TÉRMINOS EN ALGUNAS OFICINAS DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS) en LA ESQUINA DE ELIPHAS HARKONNEN