Globedia.com

×
×

Error de autenticación

Ha habido un problema a la hora de conectarse a la red social. Por favor intentalo de nuevo

Si el problema persiste, nos lo puedes decir AQUÍ

×
cross

Suscribete para recibir las noticias más relevantes

×
Recibir alertas

¿Quieres recibir una notificación por email cada vez que Juan Sebastián Celis Maya escriba una noticia?

SIC implementa nuevo procedimiento para procesos de efectividad de garantía

05/08/2011 18:40 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

La Superintendencia de Industria y Comercio impartió nuevas instrucciones sobre el trámite de notificación que se debe seguir en los procesos de efectividad de garantía, que en uso de facultades como Juez de la República adelanta el Despacho del Delegado para Asuntos Jurisdiccionales de la Entidad.

En este sentido, mediante la Circular Externa No. 16 del 06 de junio de 2011, se dispuso adicionar un literal e) al numeral 5.1 del Capítulo Quinto del Título I de la Circular Única, según el cual en los citados procesos las sentencias se notificarán de acuerdo a lo normado por los artículos 315 a 323 del Código de Procedimiento Civil y los autos que resuelvan sobre su terminación conforme a lo previsto en el artículo 321 del mismo Código, dada su naturaleza de providencias judiciales.

Lo anterior significa que las sentencias que no se hayan notificado personalmente dentro de los tres días siguientes a haber sido proferidas, se comunicarán por edicto que se fijará en los lugares de atención al público de la Superintendencia de Industria y Comercio por tres (3) días, entendiéndose surtida la notificación al vencimiento de este término. Con relación a los autos que dan por terminado el proceso, su notificación se cumplirá por medio de la inclusión en el estado del día que corresponda, fijado en los mismos sitios de atención.

Antes de la Circular Externa comentada, la SIC realizaba la notificación de estas decisiones de manera personal al interesado, a su representante o apoderado y al cabo de cinco (5) días del envío de la respectiva citación, la notificación se surtía por edicto fijado por un término de diez (10) días, procedimiento que no era muy acorde con la función jurisdiccional en materia de efectividad de la garantía.

Estas modificaciones entraron en vigor a partir del 15 de julio de 2011, tal como se previó en la Circular Externa No. 16 del 06 de junio de 2011, ya mencionada.

Circular__Externa_16


Sobre esta noticia

Autor:
Juan Sebastián Celis Maya (3029 noticias)
Visitas:
383
Tipo:
Reportaje
Licencia:
¿Problemas con esta noticia?
×
Denunciar esta noticia por

Denunciar

Etiquetas
Empresas

Comentarios

Aún no hay comentarios en esta noticia.